34 Todas las fiestas, los sábados y los novilunios y, además del día
fijado, los tres días que las preceden y los tres que las siguen, sean todos
ellos días de inmunidad y franquicia para todos los judíos residentes en mi
reino:
35 nadie tendrá autorización para demandarles ni inquietarles a
ninguno de ellos por ningún motivo.
36 En los ejércitos del rey sean alistados hasta 30.000 judíos que
percibirán la soldada asignada a las demás tropas del rey.
37 De ellos, algunos serán apostados en las fortalezas importantes del
rey y otros ocuparán puestos de confianza en el reino. Sus oficiales y jefes
salgan de entre ellos, y vivan conforme a sus leyes, como lo ha dispuesto el
rey para el país de Judá.
38 Los tres distritos incorporados a Judea, de la provincia de Samaría,
queden anexionados a Judea y contados por suyos, de modo que, sometidos
a un mismo jefe, no acaten otra autoridad que la del sumo sacerdote.